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Corte Constitucional frena intento del Gobierno de modificar funciones del Banco de la República mediante decreto de emergencia

Corte Constitucional frena decreto que modificaba funciones del Banco de la República

La Corte Constitucional dejó en firme la mayor parte del Decreto Legislativo 175 de 2026, expedido por el Gobierno Nacional para facilitar el acceso a créditos y alivios financieros a los productores agropecuarios afectados por las lluvias e inundaciones registradas durante el primer semestre del año. Sin embargo, anuló varios apartes al considerar que invadían las competencias de la Junta Directiva del Banco de la República.

El decreto buscaba agilizar el financiamiento al sector agropecuario mediante cambios temporales en el régimen de los Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA), un mecanismo que obliga a las entidades financieras a destinar parte de sus recursos al crédito rural.

Entre las medidas propuestas, el Gobierno autorizó que el 20 % de los créditos otorgados a grandes productores pudiera contabilizarse como sustitución de la inversión obligatoria en TDA. Además, ordenó que la Junta Directiva del Banco de la República ajustara su reglamentación antes del 1 de abril de 2026 y estableciera nuevas condiciones financieras, incluida la tasa de interés de estos títulos.

No obstante, la Corte consideró que esas disposiciones excedían las facultades del Ejecutivo durante un estado de emergencia, al imponer decisiones regulatorias a una entidad que goza de autonomía constitucional.

En su decisión, el alto tribunal declaró inexequibles los apartes que limitaban las competencias de la Junta Directiva del Banco de la República, al concluir que dichas medidas no guardaban una relación directa con las causas que originaron la emergencia y vulneraban la independencia del banco central.

Con este fallo, la Corte reafirma que, incluso en estados de excepción, el Gobierno no puede modificar ni intervenir las funciones constitucionales de organismos autónomos mediante decretos de emergencia.

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